FOTOGRAFÍA: Juan Carlos Zapata
En el primer diálogo intercultural entre 10 Gobiernos Indígenas y el Gobierno Nacional, tras la formalización de las primeras Entidades Territoriales Indígenas de la Amazonía, se definió una hoja de ruta para la coordinación y el relacionamiento directo de gobierno a gobierno, y para la pronta suscripción de los Acuerdos Interculturales y los Decretos presidenciales de las ETI Río Pirá Paraná y TIURIS.
Nosotros, los gobiernos de 10 territorios indígenas de la Amazonía colombiana, reunidos en un encuentro histórico, declaramos ante el resto del Estado colombiano y ante la humanidad que hemos elegido el camino de las Entidades Territoriales Indígenas como expresión propia de nuestra libre determinación, como mandato de nuestros pueblos, en cumplimento del pacto constitucional de 1991 y con el propósito de mantener la vida, la pervivencia física y cultural de nuestros pueblos y de nuestros sistemas de conocimiento.
1. Sobre quiénes somos en el ordenamiento del Estado
Con el ánimo de garantizar un orden social justo y con el propósito de superar los patrones históricos de discriminación y asimilación forzada, la Constitución Política de 1991 fundó un Estado Social de Derecho de carácter participativo, democrático, pluralista y descentralizado.
En el diseño constitucional del ordenamiento político-administrativo para la distribución del poder público en el territorio nacional, el artículo 286 de la Constitución Política de 1991 establece que los Territorios Indígenas son entidades territoriales con los mismos derechos, deberes y garantías que los demás niveles de organización del Estado.
Somos la columna vertebral del ordenamiento político administrativo de la Amazonía colombiana y soporte de la integridad territorial en las relaciones con los países hermanos de Perú, Brasil y Venezuela.
Somos la expresión material, jurídica y política de una decisión de nuestras autoridades indígenas, de un acuerdo intercultural y plasmada en sendos decretos mediante los cuales se constata la emergencia de las entidades territoriales indígenas en la vida política, cartográfica e institucional del Estado colombiano.
Pero somos, ante todo, pueblos que desde el origen hemos existido con mandatos e historias de vida que nos dejaron obligaciones con nuestros territorios. Esos mandatos—la ley de origen–no son metáforas culturales ni patrimonio folclórico: son normas de gobierno que regulan la relación con el territorio, con los otros pueblos, con los ciclos de la vida. El calendario propio, las curaciones, los rituales, los sistemas alimentarios, la organización de nuestras casas ancestrales: todo eso es gobierno. Es la administración de la vida en su integralidad, y existía mucho antes de que ningún Estado nos reconociera.
Cuando nos preguntamos cómo se dice “gobernar” en nuestras lenguas, la respuesta es cuidar la vida, garantizar la pervivencia de nuestros pueblos y la integridad de nuestros territorios. Esa no es una diferencia semántica: es una declaración política de fondo sobre la naturaleza de nuestro poder y sobre lo que hacemos con él. Es lo que hace radicalmente diferente a un gobierno indígena amazónico de cualquier otra entidad territorial del Estado colombiano, y es lo que le da a nuestra forma de gobernar una legitimidad que antecede a cualquier decreto.
No somos una figura transitoria ni experimental: somos la expresión constitucional más directa de un Estado que se declaró pluralista, diverso y descentralizado. La formalización de las ETI no es un privilegio que se nos concede; es el reconocimiento de un poder que ya existía y la materialización de un mandato constitucional que el Estado tiene la obligación de garantizar.
Declaramos que el mapa político de la Amazonía y de Colombia han cambiado. Este encuentro de 10 Entidades Territoriales Indígenas es un hito histórico que no tiene retorno: la Amazonía colombiana es ahora un territorio gobernado desde los sistemas de conocimiento de sus pueblos.
2. Sobre el ejercicio efectivo de nuestro poder político
El poder político de los gobiernos indígenas no es simbólico. Es un poder constitucional, legítimo y vinculante, fundamentado en nuestros sistemas de conocimiento, en nuestros principios y fundamentos culturales y en nuestra relación con el territorio, el cual hemos habitado, cuidado y gobernado desde tiempos inmemoriales.
Ese poder tiene dos niveles interdependientes y complementarios: el nivel cultural -la ley de origen, los fundamentos y principios culturales; las normas tradicionales— y el nivel político-administrativo- la ETI, los acuerdos interculturales-. El primero es la base del segundo. Sin esa base, una ETI es una estructura vacía. Con esa base, es un gobierno vivo con legitimidad histórica. Es un poder instituido para procurar la pervivencia cultural de los pueblos amazónicos y la integridad de sus territorios.
Declaramos que el relacionamiento con el Estado debe ser directo, entre pares institucionales, entre autoridades y titulares de decisión política y administrativa, sin intermediación, sumisión o subordinación de terceros. Las ETI somos sujetos de derecho público y nuestra interlocución con la nación, los departamentos y las entidades del orden nacional debe reflejar esa condición.
Declaramos que el ejercicio efectivo de nuestras competencias constitucionales en materia de salud, educación, ordenamiento territorial y planificación del desarrollo es una responsabilidad que asumimos con plena convicción y conocimiento. Exigimos al resto del Estado colombiano que establezca, de manera urgente e irreversible, las condiciones institucionales y financieras necesarias para que dichas competencias no sean solo letras en un documento; para que la autonomía no sea nominal, sino material.
Declaramos que el ejercicio de gobierno y administración de cada ETI se ejerce sobre una jurisdicción territorial que es parte estructural de nuestro poder político y surgió del proceso de delimitación que adelantamos como fruto de acuerdos políticos e interculturales de colindancia con otros territorios indígenas. Reconocemos y ejercemos nuestra autoridad jurisdiccional como expresión de la autonomía, la libre determinación y como pilar de un Estado pluralista y diverso. Demandamos que esta jurisdicción sea respetada, articulada y coordinada con el nivel nacional desde el principio de igualdad y la paridad epistémica, ontológica, ética y política entre sistemas de conocimiento. Le corresponde al gobierno nacional garantizar que esta jurisdicción sea adoptada por el conjunto de entidades como base de la coordinación interadministrativa.
3. Sobre nuestras formas de gobierno y administración
Nuestros Planes de Vida son la expresión de nuestros sistemas de conocimiento. Son la base desde la cual gobernamos, planificamos y nos relacionamos. Son la agenda propia de nuestros pueblos y son la norma desde la cual evaluamos cualquier propuesta que venga de afuera, incluido el Plan Nacional de Desarrollo. Rechazamos la imposición de agendas externas que fragmentan estos sistemas de conocimiento o los subordinan a lógicas ajenas a nuestra forma de vida.
Nuestra forma de gobernar no divide la vida en compartimentos administrativos. La salud no está separada del territorio, ni la educación de la soberanía alimentaria, ni la justicia del calendario propio.
Gobernamos en integralidad porque la vida es integral. Esa integralidad no es una limitación técnica de nuestros gobiernos; es una fortaleza política que defendemos activamente frente a las lógicas sectoriales y que, además, ha servido de soporte para mantener la integridad territorial, ecosistémica y cultural de la Amazonía. Cuando administramos educación, no solo enseñamos: garantizamos que el conocimiento propio se transmita. Cuando administramos salud, no solo atendemos enfermos: mantenemos el equilibrio entre el cuerpo, el territorio y el conocimiento.
Una dimensión esencial de nuestra forma de gobernar es la complementariedad. Para que la vida se sostenga, deben estar las mujeres y los hombres. La abundancia de alimentos, la transmisión del conocimiento, el cuidado de la salud, la protección del territorio: todo eso requiere de ambos roles que se diferencian y se necesitan mutuamente. Las mujeres son dadoras de vida y defensoras de la transmisión del conocimiento. Esta complementariedad no es una política de participación; es la estructura misma del gobierno propio.
Declaramos que la planificación territorial es una competencia propia de las ETI. El Plan Nacional de Desarrollo y los instrumentos de planificación de la expresión no indígena del Estado deben articularse con nuestros Planes de Vida y no al contrario. La autonomía en la planificación es condición indispensable para garantizar la libre determinación de nuestros gobiernos.
4. Sobre el financiamiento como acto de justicia
El financiamiento de las ETI no es un gasto del Estado: es una inversión en justicia histórica, en biodiversidad, en paz territorial y en la consolidación de un Estado pluralista. Somos la estructura de gobierno más cercana a los territorios, la más eficiente para aplicar los recursos públicos en acciones concretas que garantizan la integridad territorial y el bienestar real para nuestros pueblos, y la más legítima para hacerlo desde el conocimiento de lo que los territorios necesitan. Las transferencias directas eliminan la tercerización, garantizan pertinencia cultural y fortalecen la capacidad de gobierno. Eso no es un gasto: es la forma más eficiente de inversión pública en los territorios indígenas amazónicos.
Los territorios indígenas bien gobernados son fuente de vida para el planeta. El conocimiento que los sostiene tiene un valor estratégico y constitucional para Colombia y para la humanidad que ninguna otra institución puede replicar. Cuando las ETI ejercen sus competencias, no solo benefician a sus comunidades: le aportan al país una capacidad de gobierno territorial que ninguna otra entidad puede ofrecer.
Exigimos la participación efectiva de nuestros territorios en las fuentes de financiamiento del Estado colombiano y el establecimiento de fuentes de financiación propias, estables, suficientes y progresivas para las ETI, que reconozcan el valor estratégico de nuestros gobiernos en la gestión del territorio amazónico para Colombia y para el planeta.
5. Sobre la coordinación intercultural con poder político
La interculturalidad que reconocemos y practicamos es vinculante, simétrica y recíproca. Es un diálogo entre iguales, con poder político real, en el que ninguna parte se subordina a la otra. Los Acuerdos Interculturales alcanzados son expresión de ese diálogo y su cumplimiento es obligación de todos los niveles del Estado colombiano y los particulares, no solo de los gobiernos indígenas. Las entidades nacionales y subnacionales que siguen desconociendo la existencia de las ETI formalizadas no tienen un problema de información: tienen un problema de voluntad política e institucional. La adecuación de sus reglas de operación es una obligación del Estado.
Declaramos la formalización del espacio de coordinación de las 10 ETI como instancia permanente y vinculante, dotada de mecanismos que convocan a todos los niveles del Estado, con agendas propias y tiempos que respeten nuestros procesos de decisión colectiva.
Invitamos al Estado en su conjunto a atender el carácter vinculante y obligatorio de los escenarios permanentes de diálogo intercultural para materializar el pacto constitucional en el marco del pluralismo y la diversidad.
Los censos de los pueblos indígenas y el registro de sus autoridades son competencia y responsabilidad de los gobiernos indígenas, desde sus sistemas de conocimiento y sus formas de organización y son expresión del derecho fundamental a la autodeterminación. El Estado se articula con ese proceso; no lo controla.
6. Nuestra apuesta común
Nos reunimos en este encuentro no solo como 10 gobiernos distintos, sino como un bloque político con voz común. Coordinamos, construimos agenda propia y nos posicionamos ante el resto del Estado como una fuerza de unidad política en la diversidad. Esta coordinación en bloque es en sí misma un ejercicio de poder político: es la demostración de que la libre determinación de los pueblos indígenas de la Amazonía colombiana no es una aspiración, sino una realidad en construcción permanente y que se rige por una apuesta común: proteger la vida.
Esta apuesta se sostiene sobre una claridad que surgió de nuestros propios territorios: la ETI no es el fin, es el vehículo. El fin es la pervivencia de los pueblos indígenas, sus sistemas de conocimiento y el cuidado de la integridad territorial y cultural, la vida y para que los pueblos amazónicos puedan seguir siendo lo que son, en sus territorios, con sus sistemas de conocimiento, en sus propios tiempos. Gobernamos para que ese horizonte sea real, para quienes estamos ahora y para quienes vendrán.
Hay una condición que no puede postergarse. No es posible hablar de un bloque de 10 ETI mientras dos territorios—que llevan el mismo camino, que tienen los mismos derechos, que cuentan con el mismo respaldo constitucional y jurisprudencial— siguen esperando que el gobierno nacional firme los Acuerdos Interculturales y expida los decretos presidenciales que los protocolizan y, a su vez, formalizan las Entidades Territoriales Indígenas Río Pirá Paraná y Territorio Unido de los ríos Isana y Surubí. El precedente de los 8 decretos ya expedidos, el mandato de la Sentencia T-106 de 2025 y los acuerdos interculturales firmados constituyen un argumento suficiente. Lo que falta es voluntad política.
Convocamos al Estado colombiano, en todos sus niveles, a estar a la altura del mandato constitucional de 1991. Exigimos el cumplimiento de un pacto que el Estado firmó y lleva décadas sin materializar. Estamos dispuestos al diálogo, a los acuerdos y a la construcción conjunta. Pero lo hacemos desde nuestra autonomía, desde nuestros sistemas de conocimiento y desde la certeza de que el cuidado de la vida en la Amazonía depende de que nuestros gobiernos ejerzan plenamente su poder.


